viernes, 3 de octubre de 2014

Declaración de Valdeavellano de Tera por la defensa y reconocimiento de los Usos Comunales y las ICCA en España

Los abajo firmantes, en el marco de la asamblea del ICCA Consortium, celebrada en Valdeavellano de
Tera, provincia de Soria, los días 4 y 5 de Octubre de 2013, y en virtud de los acuerdos alcanzados en la reunión
específica destinada a constituir el grupo de trabajo “Iniciativa Comunales: Iniciativa para el reconocimiento de
las Áreas Conservadas por Comunidades Locales” para promover el estudio, defensa y reconocimiento de las
Áreas Conservadas por Comunidades Locales (ICCA) en España, declaramos:
1.‐ Que los usos comunales y sus bienes y derechos asociados forman parte del Patrimonio Cultural (incluido el
Inmaterial), Ambiental y Socio‐económico de España. Que los usos comunales (pesca, pastos, caza, usos
forestales, riegos y otros), han sido clave tanto para la supervivencia socio‐económica del medio rural y de la
sociedad española en general como para la protección e integración de aquellos grupos sociales y territorios más
desfavorecidos, así como para la gestión sostenible del territorio, por lo que deben ser estudiados, reconocidos y
defendidos.
2.‐ Que los usos comunales han sido clave para la conservación de la biodiversidad, paisajes y ecosistemas en
España, así como para una adecuada gestión y conservación de los recursos, servicios y valores que proporcionan
estos ecosistemas a la sociedad, siendo estos modelos de aprovechamientos y sus procesos ecológicos
imprescindibles para explicar la gran riqueza y diversidad de nuestro patrimonio natural y cultural.
3.‐ Que, en general, este patrimonio común ha sufrido históricamente gran número de agresiones.
Desamortizaciones, usurpaciones, municipalización, alienaciones y la falta de reconocimiento social, jurídico,
legal y administrativo y las malas decisiones políticas, han supuesto la pérdida irreparable de un inmenso
patrimonio humano, social, económico, natural y cultural. Las agresiones continúan actualmente bajo diversas
formas para arrebatar a las comunidades locales la gestión de los usos comunales y sus bienes asociados.
4.‐ Que a pesar de estas agresiones, la actitud histórica de los beneficiarios y titulares de los usos comunales,
en defensa de sus derechos, posibilitó que, en la actualidad, todavía constituyan una forma usual, exitosa y
extendida de gobernanza de nuestro patrimonio natural y cultural. Montes en mano común, de socios, vecinales
o comunales, cofradías de pesca o marisqueo, juntas de pastos, de valle, y vecinales, facerías, corrales de pesca,
sociedades de caza, acequias de careo, parzonerías, ledanías y otras formas de gobernanza gestionan varios
millones de hectáreas con alto valor natural, económico y cultural y son la expresión del empoderamiento y
participación de cientos de miles de ciudadanos en la gestión participativa, directa, resiliente y sostenible de los
recursos locales.
5.‐ Que se deben reconocer, apoyar, promocionar y proteger cada uno los tres pilares básicos que deben
caracterizar los usos comunales: Comunidad, Gobernanza y Conservación de la Naturaleza, tal y como se
describen en la definición de ICCA (Áreas Conservadas por Comunidades Locales) contemplada por varios
organismos internacionales. En este sentido, se debe prestar especial atención a preservar y promocionar los
valores que, como norma general caracterizan los usos comunales y que los hacen especialmente valiosos para la
sociedad, entre otros, los de la sostenibilidad, la adaptabilidad, la multifuncionalidad, la integración de valores
culturales, el reparto equitativo de los recursos y la justicia social, la corresponsabilidad, los procesos
participativos y el empoderamiento de las comunidades locales.
6.‐ Que importantes organismos internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente (PNUMA), el Convenio para la Diversidad Biológica (CBD) o la Unión Internacional para la Conservación
de la Naturaleza (UICN) están reconociendo cada vez con mayor énfasis el importante papel de las Áreas
Conservadas por Comunidades Locales (ICCA) en la conservación de la naturaleza y la gestión sostenible de los
recursos a nivel global. Sin embargo, y a pesar de esto, en España existe una grave falta de reconocimiento de su
valor desde las administraciones públicas y un gran desconocimiento por parte de la sociedad, siendo urgente en
este sentido reivindicar el papel social, económico y ambiental de las ICCA y su potencial para la conservación, el
desarrollo del mundo rural y la sociedad en general.
7.‐ Que la salud y el rendimiento económico, social y ambiental de los usos comunales dependen de las
personas que los gestionan y que son los auténticos especialistas en su gobernanza y funcionamiento. Estos
hombres y mujeres deben ser apoyados socialmente para que puedan seguir desarrollando su labor en unas
condiciones justas. Por tanto, su participación en las decisiones políticas que afectan a los comunales es
imprescindible de cara a asegurar su mantenimiento y sostenibilidad futura.
8.‐ Que, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, para poder garantizar la supervivencia de la gran
riqueza y variedad de formas de titularidad y gestión colectiva existentes en España y poder desarrollar su
enorme potencial y sus valores asociados, es necesario fomentar nuevas alianzas y sinergias, desde el nivel local
al global, basadas en la participación de base, el empoderamiento de las comunidades locales y el enfoque
participativo (“de abajo a arriba”). Para ello se debe prestar especial atención al establecimiento de canales de
solidaridad recíproca entre las comunidades que gestionan usos comunales, así como al establecimiento de
objetivos comunes con nuevos agentes sociales, especialmente en los campos de la investigación científica, la
conservación de la naturaleza, la enseñanza, el derecho y la comunicación. A lo que cabría añadir el establecer
una alianza entre los usos comunales y las comunidades urbanas, que potencie los variados lazos que las unen.
9.‐ Que existe una sólida base científica que demuestra, como norma general, 1. tanto la contribución histórica
de los usos comunales a un desarrollo más sostenible e igualitario, como 2. su importante contribución social,
económica y ambiental en la actualidad, así como 3. su potencial para el desarrollo de iniciativas que contribuyan
a afrontar buena parte de los desafíos sociales, ambientales y económicos a los que se enfrenta la sociedad
actual y las generaciones futuras. Consideramos especialmente destacable en este sentido la línea de
investigación abierta por la doctora Elinor Ostrom, Premio Nobel de Economía en 2009, que demostró “cómo los
bienes comunes pueden ser administrados de forma efectiva por un grupo de usuarios”, rompiendo con la
dicotomía público/privado al rescatar los valores de la titularidad colectiva y desmontando así la concepción tan
arraigada, como en ocasiones interesada, de que la gestión de la propiedad común está abocada por su propia
naturaleza al desastre.
10.‐ Que por los motivos anteriormente expuestos debe ser una prioridad de las propias comunidades
comuneras, de las distintas administraciones y la sociedad en su conjunto el velar por la protección y el
reconocimiento de dicho patrimonio colectivo en base a los principios de inalienabilidad, indivisibilidad,
imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como el garantizar el respeto al derecho escrito y consuetudinario de
las comunidades, su pleno reconocimiento legal, su plena capacidad jurídica en la defensa y gestión de sus
recursos y la participación adecuada de sus órganos de gobernanza en la toma de decisiones que afecten a este
patrimonio. En este sentido, las reformas legislativas presentes y futuras deben respetar los derechos históricos
de las comunidades locales y su autonomía en la gestión del patrimonio comunal. Asimismo los usos comunales y
sus bienes y derechos asociados deben ser gestionados de forma participativa y sostenible, con el objetivo de
garantizar la transmisión de este patrimonio para disfrute de las generaciones futuras sin ningún tipo de
menoscabo en sus valores económicos, sociales y ambientales.

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